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Proponen en MC reconocer el derecho a la eutanasia

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Planteó modificar los artículos 4 y 73 constitucionales, para aprobar la Ley General de Voluntad Anticipada; el objetivo es evitar que las personas decidan sobre su muerte de manera anticipada

El coordinador del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano en la Cámara de Diputados, Jorge Álvarez Máynez, propuso una iniciativa de reforma para reconocer el derecho de toda persona a ejercer la voluntad anticipada de morir en condiciones de dignidad.

El derecho a la vida digna contiene de manera implícita el derecho a la muerte digna”, sostiene la iniciativa del diputado emecista.

Álvarez Máynez propone modificar los artículos 4° y 73 de la Constitución, a fin de que se apruebe la Ley General de Voluntad Anticipada.

El legislador retomó los argumentos de la Sociedad Médica de Santiago, Chile, en 2011, en donde se definió a la eutanasia como la “muerte indolora infligida a una persona humana, consciente o no, que sufre abundantemente a causa de enfermedades graves e incurables”.

Agrega que, aquellas personas que por su condición sean congénitas o adquiridas, que tengan tratamientos médicos y se considere irracional que prosiga una vida que, en tales condiciones, ya no digna de ser vivida tengan derecho a elegir la voluntad anticipada de morir.

Señaló que la expedición de la Ley General de Voluntad Anticipada deberá incluir la participación de traductores e intérpretes para personas hablantes de lenguas indígenas, personas sordas o mudas, así como testigos y fedatarios públicos para los ciudadanos que no sepan leer.

Además, se contemple la posibilidad de revocar la Declaración de Voluntad Anticipada y considerar que los notarios públicos puedan negarse a realizar una Declaración de Voluntad Anticipada.

En los artículos transitorios, establece que el Congreso de la Unión deberá expedir la Ley General de Voluntad Anticipada, en un plazo no mayor a 180 días naturales.

Además, que los congresos estatales deberán armonizar sus respectivas leyes, de acuerdo con lo establecido en esta propuesta, también en un plazo no mayor a 180 días naturales.

En el Presupuesto de Egresos de la Federación, posterior a la aprobación de esta iniciativa y a las subsecuentes deberán de considerar los recursos presupuestarios necesarios para el cumplimiento de la misma.

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